Ni Hacienda ni Justicia saben qué se ha hecho con el dinero recaudado por las tasas judiciales

Ni el Ministerio de Justicia ni Hacienda conocen el destino de los varios cientos de millones de euros recaudados por la conocida como Ley de Tasas. Según esta ley, los ingresos obtenidos por el pago de tasas judiciales deberían estar vinculado al sistema de justicia gratuita, pero la realidad es bien distinta.

En el año 2012 se aprobó la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (conocida como Ley de Tasas); esta Ley crea nuevas tasas para el acceso a la justicia, gravando así el derecho de empresas y particulares a plantear ante un tribunal sus controversias. Antes de la entrada en vigor de esta ley ya existían algunas tasas judiciales, pero la Ley de Tasas incluyó un gran número de nuevos supuestos.

La tramitación de esta Ley provocó múltiples movimientos de queja y rechazo en colectivos relacionados con la justicia, especialmente en el sector de la abogacía (más información sobre esta cuestión aquí: Jueces, fiscales y abogados, contra la ley de tasas y aquí Los abogados se levantan contra las tasas y la reforma de la ley de justicia gratuita de Gallardón).

Por su parte, el Ministro de Justicia de entonces, Alberto Ruiz-Gallardón, defendía la creación de estas nuevas tasas porque «van a garantizar más la justicia gratuita» (Gallardón defiende las tasas judiciales porque «van a garantizar más la justicia gratuita»), llegando a afirmar que «el dinero ingresado por las tasas judiciales se destinará directamente a sufragar el gasto del turno de oficio» (más información en Justicia destina el dinero de las tasas al turno de oficio):

El ministro de Justicia ha asegurado que la ley de tasas judiciales, que supone pagar entre 50 y 750 euros para recurrir ante los Tribunales, es un primer paso «que va a garantizar más la justicia gratuita» y permitir que quienes no tengan recursos puedan acudir a los tribunales, además de ayudar a desatascar los juzgados.

Sobre el papel así debería ser porque el artículo 11 de la Ley de Tasas vinculaba las tasas al sistema de justicia gratuita:

«Artículo 11 Vinculación de la tasa.
La tasa judicial se considerará vinculada, en el marco de las disposiciones de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, al sistema de justicia gratuita en los términos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.»

Aunque en la actualidad muchas de las tasas que creaba esta Ley de Tasas han desaparecido, bien por derogación parcial de su articulado (más información aquí El Gobierno aprueba un Real Decreto Ley para suprimir las tasas judiciales para las personas físicas) o por nulidad declarada por el Tribunal Constitucional (más información sobre este punto aquí  El Constitucional declara nulas las tasas judiciales a personas jurídicas impuestas por Gallardón) cabe hacernos una pregunta

¿Cuánto se ha recaudado durante el tiempo que se han mantenido en vigor estas tasas y cómo ha influido en las partidas presupuestarias destinadas a la justicia gratuita?

Para conocer el dato relativo al importe recaudado en concepto de tasas judiciales ha sido necesario realizar diversas peticiones de acceso a la información pública al amparo de la Ley de Transparencia.

En primer lugar pregunté al Ministerio de Justicia que informase de lo siguiente:

1º: Importe recaudado por las tasas judiciales.
2º: Destino de ese dinero.
3º: Importe concreto destinado a la asistencia jurídica gratuita.
4º: Importe transferido a las Comunidades Autónomas.

La respuesta del Ministerio de Justicia fue que dicha información no se encuentra en su poder, que desconoce cuánto se ha recaudado y qué se ha hecho con ese dinero. Por último indicaban que a juicio del Ministerio de Justicia esa información la debe tener el Ministerio de Hacienda – Agencia Tributaria.

Procedió entonces preguntar al Ministerio de Hacienda quién solo informó del punto primero, esto es, el importe total recaudado por todas las tasas judiciales (las nuevas creadas en 2012 y las ya existentes con anterioridad) sin posibilidad de desglosar unas y otras porque todas se pagan utilizando el mismo modelo y contablemente se imputan en el mismo concepto. Presentada reclamación ante el Consejo de Transparencia se estimó parcialmente la reclamación (Resolución R/0098/2017), instando a Hacienda a dar respuesta a todas las cuestiones.
Sin embargo, Hacienda indicó que no puede informar sobre esos otros 3 puntos cuestionados porque desconoce esa información y a su entender, es información que debería estar en el Ministerio de Justicia, aunque como he dicho, Justicia ya indicó que ellos no tienen ningún dato al respecto.

Llegados a este punto solo se ha podido obtener el dato relativo a la recaudación global en concepto de tasas judiciales.

Las cifras en millones de euros desde el año 2003, en concepto de recaudación de tasas judiciales, son las siguientes:

(clic y se ve más grande)

Como se puede observar, entre los años 2009 y 2012 (la Ley de Tasas entró en vigor el 22 de noviembre de 2012 por lo que el impacto en el ejercicio del año 2012 es mínimo) el importe recaudado se mantiene más o menos estable entorno a los 170 millones de euros.
Pero en el año 2013, el importe total recaudado casi es el doble, 316 millones de euros.
Posteriormente la cifra desciende fruto de esa anulación realizada por el Tribunal Constitucional (julio de 2016) y la supresión de las tasas para personas físicas (febrero de 2015).

En otras palabras, el impacto en la recaudación a raíz de la Ley de 2012 es más que significativo.

Procede ahora verificar si el gasto destinado a justicia gratuita ha aumentado en proporción, ya que si tal y como indica la Ley de Tasas esta recaudación está vinculada al sistema de justicia gratuita, se debería notar ese impacto.

La inversión destinada en justicia gratuita desde el año 2011 es la siguiente (fuente Abogacia Española – Observatorio de la Justicia Gratuita):

¿Y respecto al gasto en concreto del turno de oficio? Recordemos que las declaraciones del Ministerio de Justicia indicaban que las tasas irían a mejorar este servicio:

¿Y respecto al importe destinado en los presupuestos generales para mejorar el funcionamiento del sistema de Justicia Gratuita? (fuente: Presupuestos Generales del Estado)

Las cifras hablan por sí solas, mientras los ingresos por tasas judiciales subían, el gasto destinado a justicia gratuita bajaba; el dinero recaudado por las tasas judiciales no ha sido utilizado en el sistema de justicia gratuita ni en concreto en el turno de oficio y lo que es peor, ni el Ministerio de Justicia ni Hacienda saben a qué se ha destinado estos ingresos.

Mientras tanto: Octavo mes del año y los abogados de oficio siguen sin cobrar ni un solo euro (2016)

Comments
  • Pepe Vera
    Posted 10 julio 2017 10:22 0Likes

    Estamos en manos de hipócritas, incompetentes y mentirosos.

  • José Ramón Moratalla Escudero
    Posted 10 julio 2017 12:14 0Likes

    Sorprendente, interesante y valioso post. Muchas gracias Samuel por tratar este tema.

    Permíteme que aluda y cite un post propio publicado en Lawyerpress,hace ahora dos años, en el que también ya por entonces denunciaba este tema y su reprobable situación. Ver «Las tasas judiciales de Schrödinger y otras paradojas»( http://www.lawyerpress.com/blogs/LPe_JR_Moratalla_33.html).

    Lo dicho muchas gracias Samuel y enhorabuena por tan brillante post.

  • felipe
    Posted 10 julio 2017 21:45 0Likes

    que raro esta jente tan honesta y onrrada, merecedora de todos los beneplacitos por su honestidad y buen hacer con los dineros publicos,que les haya desaparecido el dinero es raro,tendremos que llamar a venezuela por si se lo an llevado ellos ,vamos apañados

  • Santiago Castillo
    Posted 11 julio 2017 00:33 0Likes

    Enhorabuena por su tesón y por los números obtenidos, material muy valioso para cualquier investigación en las políticas públicas de justicia.

  • Jesús
    Posted 13 julio 2017 21:13 0Likes

    Gran Blog y muy buen artículo.-

    Gracias por tu dedicación y por aportar toda esta información.-

Leave A Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *