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Samuel Parra

Abogado - Derecho y tecnología

Curso especialista universitario en protección de datos y privacidad: segunda edición

La Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia organiza la segunda edición del aclamado Curso de Especialista Universitario en Protección de Datos y Privacidad, una oportunidad excepcional para los profesionales de la protección de datos y privacidad de obtener un diploma oficial en unas materias tan demandadas actualmente. El periodo de preinscripción finaliza el 23 de septiembre de 2011 y existe un número de plazas limitadas; ya os adelanto…

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Te deben requerir la deuda antes de incluirte en un fichero de morosos

Para que una empresa pueda incluirte en un fichero de morosos es obligatorio que ANTES de hacerlo te requiera fehacientemente el pago de la deuda correspondiente; en caso contrario no solo la inclusión es ilegal, sino que si lo denuncias la empresa podrá ser sancionada con multa de hasta 300.000 euros. Cada 3 días recibo un correo electrónico de diferentes personas pero con una duda común: inclusión en un fichero…

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Lidl sancionado porque uno de los monitores de videovigilancia era visible por los clientes

La cadena de supermercados Lidl ha sido sancionada con 6000 euros porque uno de los monitores de videovigilancia era visible por los propios clientes, lo que supone, a juicio de la Agencia Española de Protección de Datos, una vulneración de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Un cliente denunció la instalación del sistema de videovigilancia del supermercado Lidl de su localidad por diversos motivos, destacando entre ellos que los…

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I Congreso Nacional de Privacidad: un éxito

El 19 de mayo se celebró en Madrid el Primer Congreso Nacional de Privacidad; un evento organizado por la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), de la cual me enorgullezco de ser miembro. Aunque el evento comenzaba a las 9 de la mañana de ese dí­a 19 de mayo, lo cierto es que no pocos pudimos disfrutar de eso que se tuvo a bien llamar «Privacy loft», un encuentro distendido…

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El spam enviado por los menores de edad no es sancionable

La Agencia Española de Protección de Datos entiende que el spam enviado por un menor de edad no es sancionable toda vez que no queda acreditado que el menor conozca las consecuencias de su envío, en otras palabras, una excepción al principio de que el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, entendiendo a que a un menor no se le puede exigir conocer la LOPD y la…

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